EL CANIBALISMO DEL PODER 2º parte: La paradoja y la incomprensión
- Bs As, 12 de Abril de 2006 - Fuente: Raúl E.Guinzburg - Email:
raulguinzburg@fullzero.com.ar
Integrante de REDI-Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad.-
Hace muy
poco tiempo me referí a lo que hace el PODER en relación
a funcionarios públicos, empresas, etc. que evidentemente en
esa instancia olvidan todo concepto de solidaridad, insensibles y actuán
en forma omnipotente, con respecto al tema del problema social de la
discapacidad.- Todo esto por la promulgación del Decreto Nº118/2006
que restringe derechos otorgados por la Ley 25635 y modifica plenamente
al Decreto reglamentario Nº 38/2004.- Hace tres días el
Presidente de la Nación en un acto dijo: "No se puede anular
un Decreto con otro Decreto".- He ahí la paradoja.- Sabias
palabras pero extraña sobremanera que lo que se predica con la
palabra no se cumple con la acción.
La firma
del Decreto 118/06 anula tàcitamente los beneficios del Decreto
38/04 en lo que se refiere al cupo de pasajes gratis para personas con
discapacidad, en la que no se ponía límite al mismo, tampoco
se acotaban las comodidades para esas personas, es decir, no se podía
-teóricamente- rechazar el pedido de un servicio que podría
ser cama, cosa que igual se hacía por parte de casi todas las
empresas.- La incomprensión es tratar de valorar porqué
el Sr.Presidente ha tomado esa medida aconsejado y convencido por funcionarios
del Gobierno con rango ministerial hasta secretarios de Estado.- Y lo
más grave es que con respecto al trámite de este Decreto
no se han tomado en cuenta algunas recomendaciones de índole
vinculante y sí a la que no es vinculante. A que me refiero?
Primero
a la Resolución Nº 4295/04 de la Defensoría del Pueblo
de la Ciudad de Buenos Aires en la que se aconsejaba la limitación,
luego aplicada (ésta no es vinculante) por la Secretaría
de Transportes de la Nación. Segundo: la misma, puesto en conocimiento
de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de
Personas Discapacitadas, fué objetada por Nota CNAIPD Nº
13.747 de fecha 30 de setiembre/04, (esta sí debería ser
vinculante en materia de discapacidad), pero no fué escuchada
y dicha resolución quedó firme.
En ella
se exhortaba a reconsiderar el efecto restrictivo del derecho acordado
en la Ley 25635 y Decreto 38/04 en razón de que el espìritu
del legislador fué eliminar las limitaciones contenidas en el
art.22 de la Ley marco Nº 22431, conforme a la redacción
impuesta por la Ley 24314 y que la reglamentación debe ser razonable
contemplando sin restriciones el pleno goce y ejercicio del derecho
reglamentado pudiendo los involucrados disfrutar de ese derecho del
que son titulares y de acuerdo a lo dispuesto en la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, etc.
Tercero:
El 17 de mayo de 2004 el INADI (Instituto Nacional Asesora contra la
Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) ya había hecho
un dictámen que tenía carácter y alcances de Resolución
(vinculante) en la que consideró que la Secretaría de
Transportes había "violentado el derecho de igualdad de
oportunidades e incurrido en prácticas discriminatorias en los
términos de las leyes 23.592, 24.425, artículos 16 y 75
inciso 22 y 23 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales
de Derechos Humanos constitucionalizados, Convención Americana
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
de las personas discapacitadas (Ley 25280)".-
Esto fué
puesto en conocimiento del Ministerio Público a fin de que se
tomara como denuncia de lo que prima facie constituirían incumplimientos
de los deberes de funcionario público. También a los Ministerios
de la Producción, Interior, de Justicia, Seguridad y Derechos
Humanos, Jefatura de Gabinete de Ministros, Comisiones de Transporte
de las Cámara de Diputados y Senadores, las Defensorías
del Pueblo de la Naciòn y de la Ciudad de Buenos Aires, la Auditoría
General de la Nación y la Comisión Nacional de Regulación
del Transporte, sin que hasta la fecha (casi dos años) no se
haya hecho absolutamente nada al respecto. Tampoco y ubicándonos
en el presente, vemos que ante el dictado del Decreto mencionado la
Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas
Discapacitadas de la cual debería salir un rotundo rechazo al
Decreto 118/06 que avasalla los derechos de las personas con discapacidad,
con la indolencia que lo caracteriza, no han hecho nada al respecto.
Creo que esto es un ejemplo del canibalismo político y económico
del PODER a que me refería en mi primera nota.
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