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EL CANIBALISMO DEL PODER 2º parte: La paradoja y la incomprensión
- Bs As, 12 de Abril de 2006 - Fuente: Raúl E.Guinzburg - Email: raulguinzburg@fullzero.com.ar
Integrante de REDI-Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad.-

Hace muy poco tiempo me referí a lo que hace el PODER en relación a funcionarios públicos, empresas, etc. que evidentemente en esa instancia olvidan todo concepto de solidaridad, insensibles y actuán en forma omnipotente, con respecto al tema del problema social de la discapacidad.- Todo esto por la promulgación del Decreto Nº118/2006 que restringe derechos otorgados por la Ley 25635 y modifica plenamente al Decreto reglamentario Nº 38/2004.- Hace tres días el Presidente de la Nación en un acto dijo: "No se puede anular un Decreto con otro Decreto".- He ahí la paradoja.- Sabias palabras pero extraña sobremanera que lo que se predica con la palabra no se cumple con la acción.

La firma del Decreto 118/06 anula tàcitamente los beneficios del Decreto 38/04 en lo que se refiere al cupo de pasajes gratis para personas con discapacidad, en la que no se ponía límite al mismo, tampoco se acotaban las comodidades para esas personas, es decir, no se podía -teóricamente- rechazar el pedido de un servicio que podría ser cama, cosa que igual se hacía por parte de casi todas las empresas.- La incomprensión es tratar de valorar porqué el Sr.Presidente ha tomado esa medida aconsejado y convencido por funcionarios del Gobierno con rango ministerial hasta secretarios de Estado.- Y lo más grave es que con respecto al trámite de este Decreto no se han tomado en cuenta algunas recomendaciones de índole vinculante y sí a la que no es vinculante. A que me refiero?

Primero a la Resolución Nº 4295/04 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires en la que se aconsejaba la limitación, luego aplicada (ésta no es vinculante) por la Secretaría de Transportes de la Nación. Segundo: la misma, puesto en conocimiento de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, fué objetada por Nota CNAIPD Nº 13.747 de fecha 30 de setiembre/04, (esta sí debería ser vinculante en materia de discapacidad), pero no fué escuchada y dicha resolución quedó firme.

En ella se exhortaba a reconsiderar el efecto restrictivo del derecho acordado en la Ley 25635 y Decreto 38/04 en razón de que el espìritu del legislador fué eliminar las limitaciones contenidas en el art.22 de la Ley marco Nº 22431, conforme a la redacción impuesta por la Ley 24314 y que la reglamentación debe ser razonable contemplando sin restriciones el pleno goce y ejercicio del derecho reglamentado pudiendo los involucrados disfrutar de ese derecho del que son titulares y de acuerdo a lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, etc.

Tercero: El 17 de mayo de 2004 el INADI (Instituto Nacional Asesora contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) ya había hecho un dictámen que tenía carácter y alcances de Resolución (vinculante) en la que consideró que la Secretaría de Transportes había "violentado el derecho de igualdad de oportunidades e incurrido en prácticas discriminatorias en los términos de las leyes 23.592, 24.425, artículos 16 y 75 inciso 22 y 23 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos constitucionalizados, Convención Americana sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de las personas discapacitadas (Ley 25280)".-

Esto fué puesto en conocimiento del Ministerio Público a fin de que se tomara como denuncia de lo que prima facie constituirían incumplimientos de los deberes de funcionario público. También a los Ministerios de la Producción, Interior, de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Jefatura de Gabinete de Ministros, Comisiones de Transporte de las Cámara de Diputados y Senadores, las Defensorías del Pueblo de la Naciòn y de la Ciudad de Buenos Aires, la Auditoría General de la Nación y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, sin que hasta la fecha (casi dos años) no se haya hecho absolutamente nada al respecto. Tampoco y ubicándonos en el presente, vemos que ante el dictado del Decreto mencionado la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas de la cual debería salir un rotundo rechazo al Decreto 118/06 que avasalla los derechos de las personas con discapacidad, con la indolencia que lo caracteriza, no han hecho nada al respecto. Creo que esto es un ejemplo del canibalismo político y económico del PODER a que me refería en mi primera nota.

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